Asociación Cultural Hijos de La Vereda

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martes, 28 de junio de 2011

LAS DESAMORTIZACIONES DEL S. XIX EN EL VADO (I)

Pliego de Condiciones para la subasta del arrendamiento de varias fincas procedentes del Clero
17 de febrero de 1850
Resolución de ausencia de licitadores
10 de marzo de 1850
Durante el siglo XIX se realizaron en España una serie de desamortizaciones o expropiaciones forzosas de propiedades pertenecientes a la Iglesia y a los Concejos, las llamadas "manos muertas" por no considerarse instituciones productivas. Las más famosas fueron las realizadas por Juan Álvarez Mendizabal hacia 1836, y la de Pascual Madoz en 1855.
De la documentación conservada en el Archivo Histórico Provincial de Guadalajara, cabe indicar que las desamortizaciones o expropiaciones de los bienes de la Iglesia en El Vado y sus barrios se iniciarían hacia 1840. En cuanto los bienes comunales del Concejo, éstos fueron objeto de una hábil maniobra por parte del Marqués de Montesclaros por la que se atribuyó su propiedad, no resultando afectados por estas expropiaciones, aunque dejaron de pertenecer al Concejo de El Vado, como ya se ha visto en una entrada anterior.
Ya en los Libros de Cuentas de la Ermita de Ntra. Sra. de la Concepción de La Vereda, se apunta en 1840 que "habiendo donado Felipe Merino y Micaela Peinado un prado y un huerto a la Virgen, habiéndose indicado que en el caso de que la autoridad civil quisiera apoderarse de los bienes de los santuarios éstas tierras se vendiesen, llegado el caso se vendieron y se compró una casulla de medio tisú"
Sin embargo el primer documento conservado sobre las desamortizaciones en El Vado es del 17 de febrero de 1850, cuando se firma el Pliego de Condiciones para la subasta del arrendamiento, por un periodo de dos años, de una serie de fincas procedentes del clero:
-Un huerto de Ntra. Sra. de las Angutias (El Vado), arrendado anteriormente a Galo Merino.
-Cinco prados, huertos y cerca de la Virgen de la Concepción (La Vereda), arrendados anteriormente a Calisto Esteban.
-Un cañamar de la Ermita de San Juan (Matallana), arrendado anteriormente a Matías Blas.
Realizada la primera subasta el 10 de marzo de 1850 en el Ayuntamiento de El Vado, no se presenta ningún licitador, al igual que en las siguientes realizadas en mayo, junio, julio, agosto y septiembre. No es sino en la realizada el 6 de octubre de 1850 cuando se presentan tres licitadores, vecinos de El Vado o sus barrios. Así, Dionisio García ofrece 5 reales anuales por el huerto de Ntra. Sra. de las Angustias, Santos Martín Esteban ofrece 2 reales y 5 .....  anuales por el cañamar de San Juan , y Felipe Esteban ofrece 4 reales anuales por las tierras de la Virgen de la Concepción, adjudicándoselas por el plazo de dos años.
Estos primeros datos nos ofrecen varias interpretaciones: en primer lugar, que parece que en un primer momento se expropiaron las tierras propiedad de las pequeñas Cofradías, no saliendo a subasta las tierras de la Fábrica de la iglesia ni las del Beneficio del Curato. Esta expropiación sería la realizada durante el gobierno de Juan Álvarez Mendizabal, siendo la que se realizó con mayor oposíción, y obtuvo peores resultados en cuanto efectividad de la medida.
En segundo lugar, que debió existir una resistencia por parte de los vecinos de estos lugares a participar en esta subasta de tierras expropiadas. Hasta en seis ocasiones salieron a subasta para ser arrendadas, sin que se presentara ningún licitador, cosa extraña porque el mismo Pliego indica que las tierras habían estado ya arrendadas. Curiosamente, en la séptima subasta, se presentan tres licitadores, uno por cada "paquete" de fincas, que se quedan con su arrendamiento. Todo hace indicar que debió existir algún tipo de acuerdo entre los vecinos, y que tras la resistencia inicial de no pujar por las fincas, se consensuó a tres personas que obtuvieron su arrendamiento. Esta situación inicial se podría ver reforzada o condicionada por la lógica oposición de la Iglesia Católica, que ante la expropiación forzosa de sus bienes sin recibir compensación alguna a cambio, declaró la excomunión a los expropiantes y a los compradores, aunque en el caso de El Vado y sus barrios, la propiedad la conservaba el Estado y únicamente subastaba su arrendamiento bianual.

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